ADQUISICIÓN DE LOS LEGADOS. LEGADOS PUROS Y SIMPLES. ENTREGA DE LOS LEGADOS. PRIORIDAD EN EL PAGO DE LOS LEGADOS.

Introducción

En el contexto del derecho sucesorio español, los legados representan un componente esencial para la distribución de bienes y derechos conforme a la voluntad del testador. Estas disposiciones testamentarias conceden derechos específicos a los legatarios en relación con los bienes y las deudas de la herencia. La adquisición de legados abarca una serie de reglas y principios que rigen cuándo y cómo los legatarios obtienen sus derechos. En esta entrada, exploraremos la adquisición de legados según los preceptos del Código Civil español.

Adquisición de Legados Puros y Simples

El Código Civil, establece que el legatario adquiere el derecho a los legados puros y simples desde el momento de la muerte del testador. Este derecho se transmite a los herederos del legatario en caso de su fallecimiento. Los legados puros y simples son aquellos que no están sujetos a condiciones o cargas, y su adquisición es directa y efectiva.

Legado de Cosa Específica Propia del Testador

Si el legado es de una cosa específica y determinada, que pertenece al testador, el legatario adquiere su propiedad desde la muerte del testador. El legatario también obtiene los frutos o rentas pendientes, pero no los devengados y no satisfechos antes de la muerte. La propiedad de la cosa legada pasa al legatario de inmediato, y él asume el riesgo de pérdida, deterioro, aumento o mejora de la cosa desde ese instante.

Entrega de la Cosa Legada y Accesorios

El Código Civil establece que la cosa legada debe entregarse con todos sus accesorios y en el estado en que se encontraba al momento de la muerte del testador. El legatario no puede ocupar la cosa por su propia autoridad, sino que debe solicitar su entrega y posesión al heredero o al albacea si está autorizado para hacerlo.

Legados en Dinero y Gastos Necesarios

Los legados en dinero deben pagarse en esa misma especie, incluso si no hay suficiente dinero en la herencia. Los gastos necesarios para la entrega de la cosa legada correrán a cargo de la herencia, pero sin perjudicar la legítima de los herederos.

Prioridad en el Pago de Legados

Si los bienes de la herencia no son suficientes para cubrir todos los legados, el Código Civil establece un orden de prioridad en el pago. Los legados remuneratorios y aquellos de cosa cierta y determinada que forme parte del caudal hereditario tendrán prioridad. Luego, siguen los legados preferentes, de alimentos, de educación y los demás a prorrata.

Renuncia y Refundición de Legados

El legatario de dos legados, de los que uno fuere oneroso, no podrá renunciar éste y aceptar el otro.
Si los dos son onerosos o gratuitos, es libre para aceptarlos todos o repudiar el que quiera.

Conclusión

La adquisición de legados en el Código Civil español es un proceso regulado con precisión para garantizar que los legatarios obtengan sus derechos de manera justa y efectiva. Desde el momento de la muerte del testador, los legatarios adquieren diversos tipos de legados, ya sean puros y simples, de cosa específica o en dinero. Las reglas sobre entrega, prioridad en el pago y otros aspectos aseguran que los deseos del testador se cumplan en la distribución de la herencia. La comprensión de estos preceptos es fundamental para testadores, herederos y legatarios, ya que contribuye a una distribución exitosa y coherente de los bienes y deudas.