LA FACULTAD DE MEJORAR DEL CÓNYUGE EN LA HERENCIA: UN INSTRUMENTO DE PLANIFICACIÓN SUCESORIA.

Introducción

En el ámbito del derecho sucesorio en España, la facultad de mejorar por parte de un cónyuge surge como un recurso valioso para permitir al cónyuge sobreviviente otorgar beneficios adicionales a los hijos o descendientes comunes en la herencia. Esta herramienta, regida por disposiciones específicas, busca equilibrar los deseos del testador con la protección de los derechos hereditarios de los descendientes. En esta entrada, exploraremos la facultad de mejorar del cónyuge en la herencia según la legislación española, considerando los preceptos que rigen su aplicación y las implicaciones que conlleva en la planificación sucesoria.

Habilitando la Facultad de Mejorar

  1. La facultad de mejorar es un mecanismo que otorga al cónyuge sobreviviente la capacidad de realizar mejoras en la herencia a favor de los hijos o descendientes comunes. Esta facultad no puede ser encomendada a otra persona, lo que garantiza que el cónyuge tenga la autonomía necesaria para tomar decisiones sobre las mejoras en la herencia.
  2. El testador tiene la posibilidad de conferir al cónyuge facultades específicas en el testamento para realizar mejoras a favor de los hijos o descendientes comunes, incluso utilizando el tercio de libre disposición. Estas mejoras pueden involucrar adjudicaciones de bienes específicos, tanto por título sucesorio como por particiones, incluyendo bienes de la sociedad conyugal disuelta pendientes de liquidación.
  3. Las mejoras, adjudicaciones o atribuciones de bienes concretos pueden llevarse a cabo en uno o varios actos para ejercer esta facultad. Si el testador no establece un plazo, el cónyuge tendrá dos años para ejercerla desde la apertura de la sucesión o, si procede, desde la emancipación del último hijo común.

Respeto a las Legítimas y Disposiciones del Causante

  1. Al ejercer las facultades de mejorar, el cónyuge debe respetar las legítimas estrictas de los descendientes comunes y las mejoras y disposiciones del causante en su favor. En caso de que no se respeten estos derechos, el perjudicado tiene el derecho de solicitar la rescisión de los actos del cónyuge para proteger sus intereses.
  2. La ley establece que se considerarán respetadas las disposiciones del causante a favor de los hijos o descendientes comunes si estas resultan suficientemente satisfechas, aunque hayan sido satisfechas total o parcialmente con bienes pertenecientes solo al cónyuge que ejerce las facultades.

Límites y Cese de las Facultades de Mejorar

  1. Las facultades conferidas al cónyuge cesarán en caso de que pase a un nuevo matrimonio o mantenga una relación de hecho análoga, o tenga un hijo no común, a menos que el testador disponga lo contrario. Esto garantiza que la facultad de mejorar se ajuste a las circunstancias cambiantes del cónyuge.
  2. En situaciones en las que las personas con descendencia común no estén casadas entre sí, las mismas disposiciones aplican en lo que respecta a la facultad de mejorar.
VÍDEO DE LA FACULTAD DE MEJORAR AL CÓNYUGE EN LA HERENCIA.

Conclusión: Flexibilidad y Protección en la Planificación Sucesoria

La facultad de mejorar del cónyuge en la herencia, según la legislación española, ofrece un mecanismo efectivo para equilibrar la planificación sucesoria con la protección de los derechos hereditarios de los descendientes. Esta herramienta permite al cónyuge sobreviviente otorgar mejoras y adjudicaciones de bienes concretos a favor de los hijos o descendientes comunes, siempre y cuando se respeten las legítimas estrictas y las disposiciones del causante. A través de esta facultad, se logra una combinación de flexibilidad y protección en la distribución de la herencia, permitiendo que el cónyuge participe activamente en la planificación de la sucesión mientras se salvaguardan los intereses de los herederos.

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