MANDAS Y LEGADOS EN EL CÓDIGO CIVIL ESPAÑOL: UN ANÁLISIS DETALLADO.

TOSCANO ABOGADOS – ESPECIALISTAS EN HERENCIAS – JEREZ DE LA FRONTERA.  CADIZ

Introducción

Dentro del contexto del derecho sucesorio español, las mandas y legados representan un aspecto crucial en la distribución de la herencia de una persona fallecida. El Código Civil establece disposiciones específicas que rigen la manera en que los testadores pueden gravar con mandas y legados tanto a sus herederos como a legatarios. En esta entrada, exploraremos las regulaciones relacionadas con las mandas y legados en el Código Civil español, considerando cada precepto legal y su importancia en el proceso sucesorio.

La Facultad del Testador para Gravar con Mandas y Legados

El Código Civi otorga al testador la facultad de imponer mandas y legados no solo a su heredero, sino también a los legatarios. Esto permite al testador especificar cómo desea que se distribuyan ciertos bienes y propiedades, otorgando un grado de flexibilidad dentro de las disposiciones testamentarias.

Responsabilidad de los Legatarios ante los Gravámenes

En relación con las mandas y legados, los legatarios no están obligados a responder del gravamen impuesto sino hasta donde alcance el valor del legado. Esta disposición garantiza que los legatarios no se vean abrumados por obligaciones económicas excesivas y que solo estén obligados a cumplir con la extensión de su legado.

Gravamen a un Heredero o a Varios

Cuando el testador grava a un heredero específico con un legado, este heredero será el único obligado a cumplir con el gravamen. Si el testador no especifica a un heredero en particular, todos los herederos estarán obligados a contribuir al cumplimiento del gravamen en proporción a sus herencias.

Legados de Cosas Ajenas y la Evicción

Si el testador, al legar una cosa, sabía que esta era ajena, el legado es válido. En este caso, el heredero estará obligado a adquirir la cosa legada para entregársela al legatario. Si la adquisición no es posible, el heredero deberá compensar al legatario con su justa estimación. La responsabilidad por la evicción recae en el obligado a la entrega del legado si la cosa es indeterminada y solo se especifica por género o especie.

Legados de Cosas Propias a Terceros

Será válido el legado hecho a un tercero de una cosa propia del heredero o de un legatario, quienes, al aceptar la sucesión, deberán entregar la cosa legada o su justa estimación, sin perjuicio de la legítima de los herederos forzosos.

Conclusión En resumen, el Código Civil español establece regulaciones claras en relación con las mandas y legados en el contexto de las disposiciones testamentarias. Las mandas y legados permiten a los testadores influir en la distribución de su patrimonio más allá de las herencias tradicionales. Estas disposiciones ofrecen flexibilidad y control sobre cómo los bienes deben ser transmitidos a los herederos y legatarios. La comprensión de las regulaciones legales que rodean las mandas y legados es esencial para cualquier individuo que esté planificando sucesiones y deseando que sus deseos sean honrados en el proceso sucesorio.

Vídeo de las mandas y legados en el Código Civil español.