EL TESTAMENTO MILITAR EN ESPAÑA: GARANTIZANDO LA VOLUNTAD EN TIEMPOS DE SERVICIO.

En el mundo de los militares, donde el deber y el servicio a la nación están en primera línea, también se considera la posibilidad de otorgar testamentos especiales. En esta entrada, exploraremos el concepto y las disposiciones del testamento militar en España, y entenderemos cómo este mecanismo asegura que los militares en campaña o en peligro puedan expresar su última voluntad de manera efectiva y legal.

Introducción al Testamento Militar

En tiempos de guerra y peligro inminente, los militares en servicio enfrentan situaciones excepcionales en las que la necesidad de expresar su última voluntad se vuelve crucial. El testamento militar es un recurso legal diseñado para permitir que aquellos en servicio activen su derecho a testar en situaciones de riesgo y peligro. A lo largo de esta entrada, exploraremos los diferentes aspectos del testamento militar en España, desde quiénes pueden otorgarlo hasta cómo se formaliza y cuáles son sus implicaciones.

Opciones para Otorgar Testamento Militar

  1. Ante un Oficial en Campaña: En tiempo de guerra, los militares en campaña, voluntarios, rehenes y prisioneros pueden otorgar su testamento ante un oficial con al menos la categoría de capitán. También se aplica esta disposición a individuos de un ejército en el extranjero. Si el testador estuviese enfermo o herido, el testamento se puede otorgar ante un capellán o facultativo.
  2. En Destacamento: Si el testador está en destacamento, puede otorgar su testamento ante el oficial que lo mande, incluso si es subalterno. En todos los casos, se requiere la presencia de dos testigos idóneos.
  3. Testamento Cerrado ante un Comisario de Guerra: Las personas mencionadas en los puntos anteriores pueden optar por otorgar un testamento cerrado ante un comisario de guerra, quien actúa como notario..

El Proceso de Otorgamiento del Testamento Militar

  1. Formalización y Remisión: Los testamentos militares deben ser remitidos con prontitud al cuartel general y, posteriormente, al Ministro de Defensa.
  2. Notificación a los Herederos: Si el testador fallece, el Ministro de Defensa notificará el testamento al Colegio Notarial correspondiente al último domicilio del difunto. Los herederos y demás interesados en la sucesión serán citados para que soliciten su elevación a escritura pública y su protocolización.
  3. Caducidad: Los testamentos militares caducan cuatro meses después de que el testador haya dejado de estar en campaña.

Testamento Militar en Peligro Inminente de Acción de Guerra

  1. En Situaciones Críticas: Durante una batalla, asalto o combate, se permite otorgar un testamento militar de palabra ante dos testigos.
  2. Condiciones para Efectividad: Sin embargo, este tipo de testamento solo será válido si el testador no sobrevive al peligro en cuestión.
  • Formalización Posterior: Si el testador no se salva, el testamento de palabra deberá formalizarse por los testigos ante un auditor de guerra o funcionario de justicia que siga al ejército.
  • El Testamento Militar Cerrado

Si el testamento militar es cerrado, se seguirán los pasos previstos para los testamentos cerrados civiles, pero se otorgará ante el oficial y los dos testigos requeridos para el testamento abierto, y todos firmarán el acta de otorgamiento, incluido el testador si es posible.

Conclusiones: Garantizando la Voluntad en el Servicio a la Nación

El testamento militar en España es un mecanismo legal que busca asegurar que los militares en campaña o en peligro puedan expresar su última voluntad de manera efectiva y legal. Este recurso otorga a quienes sirven a la nación la posibilidad de asegurarse de que sus deseos se cumplan en circunstancias excepcionales. La legislación establece disposiciones específicas para diferentes situaciones de riesgo, asegurando que las formalidades legales se cumplan y que la voluntad del testador se respete en todo momento.

Video sobre el Testamento Militar